La empresa otorgará a los trabajadores que lo soliciten y que presten sus servicios con contrato Full Time y que forman parte del presente instrumento, al momento de hacer uso de vacaciones, un anticipo de $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos), el que será descontado en 10 cuotas iguales y sucesivas, sin reajustes ni intereses, a partir del mes siguiente a aquel en que se le otorgue el anticipo, quedando autorizada la empresa para efectuar en su oportunidad el descuento respectivo.
Para tener derecho a este beneficio el trabajador deberá hacer uso de a lo menos diez días hábiles de feriado, y no tener acumulados más de diez días de vacaciones. Este beneficio no es reajustable.
El personal que labora con contrato Part Time recibirá un anticipo de vacaciones de $150.000.- (ciento cincuenta mil pesos).
En caso de hacer uso de su feriado legal, entre los meses de marzo a junio y agosto a noviembre se pagará un anticipo de $300.000.- (trescientos mil pesos).
En la eventualidad que el trabajador deje de pertenencer a la empresa, esta podrá descontar el saldo insoluto del anticipo del correspondiente finiquito a la relación laboral.
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